martes, 28 de septiembre de 2010

NOTICIA ECONOMICA

Golpe a las Farc genera confianza; el logro favorece el clima de los negocios en el país

El golpe dado la semana pasada a la Farc, con la muerte del jefe militar de ese grupo guerrillero, es una buena noticia para la economía.

Lo anterior, debido a que empresarios e inversionistas han sido los principales blancos del secuestro, el boleteo y la violencia desatada por esta organización. Para nadie es un secreto que un país con dificultades de orden público no es atractivo para la inversión.

Las acciones terroristas afectan la actividad productiva, la demanda, los precios y los planes de inversión. De la misma manera, si Colombia logra la tranquilidad hasta el punto de que algún día desaparezcan los grupos guerrilleros y otras organizaciones al margen de la ley, el país podrá dedicar los recursos de la guerra a la inversión social, en aspectos tales como educación, salud, infraestructura y ciencia.

Por unanimidad, los empresarios colombianos expresaron su satisfacción al conocerse la noticia de la muerte de alias el 'Mono Jojoy', hecho que trascendió las fronteras y llegó a la comunidad internacional como un mensaje claro de que el país avanza hacia la pacificación.

El hecho también les genera confianza a los países que contribuyen económicamente en la lucha que Colombia libra contra el terrorismo, lo que se convierte en argumento adicional para que esa ayuda se mantenga hasta lograr el objetivo.

LIQUIDACION DE NOMINAS

Mensualmente la empresa debe proceder a liquidar y contabilizar su respectiva Nómina.
A continuación se expone un ejemplo de la liquidación y contabilización de una nomina. Para hace el ejercicio mas ágil y comprensible, el ejemplo se trabajara con un solo empleado, el cual tenga derecho al Auxilio de transporte, a horas extras y a comisiones.

Supuesto:
Salario básico. 700.000
Comisiones. 100.000
Horas extras. 50.000
Auxilio de transporte. 50.800 (2007)
Total devengado 900.800

Liquidación.
Deducciones de nómina. (Conceptos a cargo del empleado)
Salud (4%). 850.000*0.04 = 34.000
Pensión (4%). 850.000*0.04= 34.000

Nota. Para efectos de la seguridad social no se tiene en cuenta el Auxilio de transporte.

Seguridad social a cargo del empleador.
Salud (8.5%). 850.000*0.085 = 72.250
Pensión (12%). 850.000*0.12= 102.000
A.R.P. (Según la tabla). 850.000*.00522 = 4.437

Prestaciones sociales.
Prima de servicios. 900.800*0.0833 = 75.037
Cesantías. 900.800*0.0833 = 75.037
Intereses sobre las cesantías. 75.037*0.12 = 9.004
Vacaciones. 700.000*.0417 = 29.190

Nota:

1. El artículo 192 del C.S.T contempla que para el cálculo de las vacaciones no se tiene en cuenta el valor de las horas extras.
2. Para el cálculo de las Prestaciones sociales dentro de la base se debe incluir el Auxilio de transporte, excepto para las vacaciones. Solo se debe tomar el salario básico, puesto que en vacaciones no tendrá ni horas extras, comisiones ni trabajo suplementario.
3. Según la sentencia de septiembre 16 de 1958, de la Corte suprema de justicia, la base para el cálculo de la prima de servicios debe ser el salario promedio, lo que significa que se deben incluir tanto las comisiones como el trabajo suplementario y las horas extras.
4. Para el cálculo de las cesantías se debe tomar el salario promedio, lo que supone la inclusión de las comisiones, horas extras y trabajo suplementario.
5. Para el calculo de las vacaciones, por costumbre se provisional el 4.17% lo que corresponde exactamente a 15 días de salario, pero se debe tener en cuenta que a la hora de pagar la vacaciones se debe pagar aproximadamente 18 días de salario, toda vez que la norma habla de 15 días hábiles de descanso, lo que por lo general significan 18 días calendario. Recordemos que los domingos y festivos no son días hábiles. El sábado es día hábil solo si en la empresa se labora ese día, de lo contrario tampoco es día hábil.

Aportes parafiscales.
Cajas de compensación familiar (4%). 850.000*0.04 = 34.000.
I.C.B.F. (3%). 850.000*0.03 = 25.500.
Sena. (2%). 850.000*0.02 = 17.000.

Nota. Para el cálculo de los Aportes parafiscales se toma el valor total de la nómina. Mensual de la empresa, excluyendo el Auxilio de transporte que no es factor salarial.

Neto a pagar al empleado.
Total devengado 900.800 (-)
Salud 34.000
Pensión 32.938
Neto pagado 833.862


LIQUIDACION DE RETENCION EN LA FUENTE

Existen dos procedimientos para la Retención en la fuente por concepto de salarios. A continuación se explica el procedimiento a seguir en cada uno de ellos. La estructura a seguir para la depuración es la siguiente:

Procedimiento número 1:

Se suma el total pagos laborales del mes
· En dinero o en especie
· Sean o no factor salarial, vacaciones
· Viáticos permanentes
· Directos o indirectos

(-) Cesantías, intereses sobre cesantías y prima mínima legal de servicios
(-) Ingresos no constitutivos de renta o ganancia ocasional
· Aportes pensionales obligatorios
· Aportes voluntarios hasta el límite legal
· Ingresos que no incrementen el patrimonio del trabajador: reembolso gastos, pagos alimentación salud y educación que cumplan los requisitos.

(-) Rentas Exentas
· Indemnización .por accidente de trabajo o enfermedad o que impliquen protección a la maternidad
· Gastos de entierro del trabajador
· Gastos de represen funcionarios oficiales
· Exención para miembros fuerzas armadas

(-) 25% (Rentas de trabajo exentas)

(-) Descuento proporcional por pagos por vivienda, salud y educación

(=) Base de retención

Procedimiento número 2:

A.

Se suma el total pagos laborales del mes
· En dinero o en especie
· Sean o no factor salarial, vacaciones
· Viáticos permanentes
· Directos o indirectos

(-) Cesantías e intereses sobre cesantías

(-) Ingresos no constitutivos de renta o ganancia ocasional
· Aportes pensionales obligatorios
· Aportes voluntarios hasta el límite legal
· Ingresos que no incrementen el patrimonio del trabajador: reembolso gastos, pagos alimentación salud y educación que cumplan los requisitos.

Habiendo repasado lo anterior, y como lo confirma el ultimo inciso del aparte que antes citamos contenido dentro del Concepto Unificado del IVA 001 de 2003 de la DIAN, hoy día continúa vigente la norma contenida en los art.437-1 y 437-2 del ET mediante las cuales, en el caso de contratar los servicios que hemos estudiado en este editorial, todo tipo de persona natural o entidad en Colombia que los haya contratado deberá proceder a efectuar la respectiva retención en la fuente a título del IVA pero no a la tarifa del 50%, sino a la tarifa del 100%.

en el mes de junio de 2005, todos los EMPLEADORES (personas naturales o juridicas) que hayan estado aplicando durante el primer semestre de 2005 el procedimiento 2 de retenciones en la fuente a sus trabajadores, deben redifinir el nuevo porcentaje de retención que les aplicarán durante el nuevo semestre julio-dic de 2005.

De conformidad con la normatividad tributaria vigente, corresponde a
los EMPLEADORES escoger el metodo a través del cual han de ser
sometidos a retención en al fuente los pagos que por vinculo laboral
realizan a sus TRABAJADORES. Actualmente solo existen dos métodos, a saber:

Metodo 1:

Definido en el art.385 del ET, y el cual implica que cada mes, los pagos laborales que reciba el trabajador son sometidos a depuración para llegar un “pago gravable”, el cual se ha de buscar en la “tabla de retenciones en la fuente” del art.383 (esta tabla es actualizada al iniciarse un nuevo año fiscal)

El valor en PESOS que se obtenga FRENTE al intervalo al cual corresponda el “pago
gravable”, es el valor que se le deberá practicar como retención en la fuente a titulo de impuesto de renta en el mes del pago.

Para el actual año 2.005, solo cuando el “pago gravable” esté entre $1 y $1.804.000, la retención será cero.

Metodo 2:

Definido en el art.386 del ET, el cual se puede
aplicar sin importar el tiempo que lleve laborando el trabajador en la
empresa. El único caso en que no se puede aplicar es para el primer
semestre de vinculación del trabajador con la empresa. (ver incisos 4 y
5 del art.386 ). Lo anterior, por cuanto este método implica que en
cada semestre el EMPLEADOR debe tomar los pagos realizados al
TRABAJADOR en los ultimos 12 meses, o en el ultimo semestre, y obtener
mediante depuración lo que sería un “promedio de pagos gravables en el
periodo”. Ese promedio de pagos gravables se busca en la “Tabla de
retenciones en la fuente” del art.383 del ET para de allí obtener EL
PORCENTAJE FIJO que se ha de aplicar, mensualmente, durante el semestre
siguiente, a todos los “pagos gravables mensuales” que perciba el
trabajador. En consecuencia, una vez definido el PORCENTAJE FIJO, ello
significa que ante CUALQUIER “pago gravable” mensual que perciba el
trabajador, dicho “pago gravable” estará sujeto a la aplicación de
dicho porcentaje con el cual se obtiene la retención en la fuente a
practicarle durante el respectivo mes .

Tal como lo dispone
el mismo art.386 del ET, el EMPLEADOR debe actualizar cada SEMESTRE ese
PORCENTAJE FIJO que le aplica a los “pagos gravables mensuales” que
percibe el TRABAJADOR. En consecuencia, y para citar un ejemplo, en el
mes de diciembre de 2004 se debió definir el PORCENTAJE FIJO que se
aplicaría a los “pagos gravables mensuales” que el trabajador
percibiría durante ene-junio de 2005. Luego, en junio de 2005, se debe
definir EL PORCENTAJE FIJO que se aplicará a los “pagos gravables
mensuales” que el trabajador percibirá durante jul-dic de 2005.

REFLEXION

EL AMOR ES COMO UN NIÑO

Para mi el amor es como un niño que juega a las escondidas, tu tienes que buscar y buscar en varias personas a ver en donde se escondió, muchas veces piensas que ya lo encontraste y te das cuenta de que no era el amor quien estaba escondido en esa persona, sino que era la amistad disfrazada de amor.

También el amor puede ser que el amor este escondido en la persona que escogiste como pareja, pero resulta que el amor se cansó de ese escondite y decide buscar otro, pero por la costumbre te quedas con esa persona, no por amor, sino por costumbre, por esto vemos algunas parejas que se mantienen unidas por mucho tiempo pero que realmente no están enamoradas.

Lo que si te puedo asegurar es que cuando uno encuentra el escondite del amor y le va haciendo cálida la estadía en ese escondite, con besos, cariños, cuidados y atención, el amor no querrá irse de ese escondite y ya deja de ser escondite y se convierte en su hogar.

Por eso cuando creas encontrar el amor cuídalo para que no se te vuelva a esconder.